Fecha: 15/05/2025
Categoria: Novedades
Contaminantes Químicos: Prevención ART te guía en el uso responsable de sustancias peligrosas
En muchos entornos laborales, es común manipular sustancias químicas que, aunque beneficiosas para la producción, pueden tener efectos adversos para la salud humana y el medio ambiente si no se manejan adecuadamente.
Un contaminante químico es cualquier sustancia orgánica o inorgánica, natural o sintética, que durante su fabricación, manejo, transporte, almacenamiento, uso o eliminación, se libera al ambiente en forma de polvo, humo, niebla, gas o vapor, y puede dañar la salud.

Vías de Ingreso al Organismo
Los contaminantes químicos pueden ingresar al organismo de las siguientes maneras:
- Respiratoria: por inhalación.
- Digestiva: por ingestión.
- Dérmica: por contacto con la piel.
Medidas de Prevención
Para reducir o controlar la exposición de los trabajadores a estos contaminantes, se recomiendan las siguientes medidas:
- Controles administrativos: como la restricción de acceso a zonas peligrosas.
- Uso de equipos de protección personal (EPP).
- Sistemas de depuración, filtrado o tratamiento.
Equipos de Protección Personal (EPP)
Los EPP son dispositivos de uso individual diseñados para proteger la salud e integridad física del trabajador, creando una barrera entre este y los distintos tipos de riesgo. Los EPP son la última línea de defensa y su uso está justificado cuando:
- No es posible eliminar el riesgo.
- No es posible instalar una protección colectiva eficaz.
- Existe un riesgo residual a pesar de las medidas de protección colectiva.
La elección del EPP adecuado depende de la vía de ingreso del contaminante.
Normativa en Argentina
En Argentina, la normativa establece que:
- Los empleadores deben proporcionar los EPP en función de los riesgos a los que están expuestos los trabajadores.
- Los EPP deben contar con certificación emitida por organismos reconocidos (Res. SRT N°299/11).
- La entrega de los EPP debe registrarse en el formulario “Constancia de entrega de ropa de trabajo y elementos de protección personal” (Res. SRT N°299/11).
- Su uso es obligatorio según el Artículo 10 de la Ley N° 19.587.
- La determinación de la necesidad de los EPP, su selección, condiciones de uso y conservación son responsabilidad del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo, con la colaboración del Servicio de Medicina (Res. SRT N° 905/15).
- Los empleadores pueden utilizar aplicaciones informáticas para registrar la entrega de los EPP (Res. SRT N° 2/21).
Para más información sobre seguridad en el trabajo y prevención de riesgos, visitá la web de Prevención ART.
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